Como parte de un análizis del proyecto de ley que pretende establecer las escuelas charter en Puerto Rico se estará escribiendo une serie de artículos en este blog analizando el proyecto.
Esto es lo que dice el proyecto:
Poderes y facultades de una escuela charter... Una escuela charter establecida al amparo de la presente ley constituirá un ente corporativo, con personalidad jurídica propia e independiente de la de sus componentes y tendrá todos aquellos poderes que sean convenientes y necesarios para poder llevar a cabo los objetivos establecidos en su carta constitutiva y en esta ley, incluyendo, pero sin limitarse, los siguientes poderes y facultades, a saber: [...] Demandar y ser demandada, bajo las mismas condiciones bajo las cuales puede ser demandado el Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y los Municipios.
Las demandas a los municipios y al gobierno llueven a diario. El costo de estas demandas los asume el gobierno. Una escuela charter al no ser parte del gobierno tendría que contratar un abogado para poder enfrentar las demandas que se hagan en su contra.
Un abogado por escuela...¿Cuantos bufetes irán a guisar aquí?
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